Índice de contenidos
- 1. 1. Qué es el modelo 576
- 2. 2. Quién está obligado a presentarlo
- 3. 3. En qué casos se utiliza el modelo 576
- 4. 4. Relación entre el modelo 576 y el IEDMT
- 5. 5. Cuándo debe presentarse
- 6. 6. Cómo se calcula el importe del modelo 576
- 7. 7. Datos necesarios para cumplimentar el modelo 576
- 8. 8. Documentación necesaria
- 9. 9. Cómo presentar el modelo 576
- 10. 10. Vehículos nuevos: cómo se calcula la base imponible
- 11. 11. Vehículos usados: cómo se determina el valor fiscal
- 12. 12. Vehículos importados: particularidades
- 13. 13. Exenciones y reducciones aplicables
- 14. 14. Diferencias entre el modelo 576, el modelo 05 y el modelo 06
- 15. 15. Errores que pueden bloquear la matriculación
- 16. 16. Ejemplo práctico completo
- 17. 17. Qué hacer después de presentar el modelo 576
- 18. 18. Cómo puede gestionarlo AccioNext
- 19. 19. Preguntas frecuentes sobre el modelo 576
El modelo 576 es la autoliquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), conocido como impuesto de matriculación. Debes presentarlo ante la Agencia Tributaria antes de que la DGT te asigne la matrícula. El resultado es un Código Electrónico de Matriculación (CEM) sin el cual no puedes completar el trámite en Tráfico.
Antes de presentarlo, calcula el IEDMT y comprueba qué documentación exige tu vehículo.
Herramientas y ayuda relacionadas
Antes de entrar en el detalle del modelo 576, conviene aclarar su relación con el impuesto de matriculación. Puedes ver el cálculo completo del IEDMT, los tramos de emisiones y los tipos por comunidad autónoma en nuestra guía sobre el <a href='/impuesto-de-matriculacion' class='text-[#3AABDB] hover:underline'>impuesto de matriculación</a>. Esta guía se centra en el procedimiento: qué es el modelo 576, quién debe presentarlo y cómo hacerlo correctamente.
1. Qué es el modelo 576
El modelo 576 es la declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Según la Agencia Tributaria, es el modelo que debe presentarse con carácter general para iniciar el proceso de matriculación, y justifica el pago de la cuota correspondiente. Su presentación es obligatoria para todos los vehículos sujetos y no exentos del impuesto, ya sean nuevos o usados, de fabricación nacional o importados.
Código Electrónico de Matriculación (CEM)
Al presentar el modelo 576, la AEAT genera un Código Electrónico de Matriculación (CEM). Este código es imprescindible para completar la matriculación en la DGT. Sin él, Tráfico no puede asignarte las placas.
2. Quién está obligado a presentarlo
Están obligados a presentar el modelo 576 los sujetos pasivos a cuyo nombre se efectúe la primera matriculación definitiva de un medio de transporte en España. En la práctica, esto incluye:
- El comprador de un vehículo nuevo en un concesionario (aunque habitualmente lo gestiona el propio concesionario).
- El importador o comprador de un vehículo usado procedente del extranjero.
- Quien matricula un vehículo que estaba en régimen de matrícula turística o diplomática.
- Quien se beneficia de reducciones (familia numerosa, programa PREVER) y debe declarar la cuota reducida.
3. En qué casos se utiliza el modelo 576
El modelo 576 se utiliza cuando el vehículo está sujeto al impuesto y no existe ninguna exención total que aplicar. Los casos más frecuentes son la compra de un coche nuevo en España, la importación de un vehículo usado desde otro país, y la regularización de vehículos que cambian de régimen de matrícula.
4. Relación entre el modelo 576 y el IEDMT
El IEDMT (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte) es el tributo. El modelo 576 es el formulario con el que se autoliquida ese tributo. No son lo mismo: el IEDMT es la obligación fiscal, y el modelo 576 es el instrumento de declaración y pago. Para <a href='/impuesto-de-matriculacion' class='text-[#3AABDB] hover:underline'>calcular el impuesto de matriculación</a> antes de presentar el modelo 576, puedes usar nuestra calculadora gratuita.
5. Cuándo debe presentarse
El modelo 576 debe presentarse una vez solicitada la matriculación definitiva y antes de que esta se produzca. En la práctica, el orden es: calcular la cuota, pagar en el banco (obteniendo el NRC), presentar el modelo 576 telemáticamente en la AEAT, obtener el CEM, y acudir a la DGT con el CEM para completar la matriculación.
Plazo especial para hechos imponibles distintos de la matriculación
Cuando el hecho imponible no es la matriculación definitiva (por ejemplo, la introducción definitiva de un vehículo matriculado en Canarias en la Península), el plazo de presentación es de 15 días naturales desde el devengo del impuesto.
6. Cómo se calcula el importe del modelo 576
El cálculo del modelo 576 sigue tres pasos: determinar la base imponible, aplicar el tipo impositivo según las emisiones de CO₂ y la comunidad autónoma, y restar las deducciones que correspondan.
| Paso | Concepto | Detalle |
|---|---|---|
| 1 | Base imponible | Vehículo nuevo: precio sin IVA. Vehículo usado: valor de mercado según tablas de Hacienda (Orden HAC/1501/2025). |
| 2 | Tipo impositivo | 0% (≤120 g/km), 4,75% (121-159 g/km), 9,75% (160-199 g/km), 14,75% (≥200 g/km) en Península y Baleares. |
| 3 | Cuota bruta | Base imponible × tipo impositivo. |
| 4 | Deducciones | Familia numerosa: base reducida al 50%. Autocaravana: base reducida al 70%. Programa PREVER: deducción lineal de 480,81 € o 721,21 €. |
| 5 | Cuota a ingresar | Cuota bruta − deducciones. Nunca puede ser negativa. |
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7. Datos necesarios para cumplimentar el modelo 576
- NIF/NIE del titular del vehículo.
- Número de bastidor (VIN) del vehículo.
- Marca, modelo y año de fabricación.
- Emisiones de CO₂ en g/km (dato de la ficha técnica).
- Base imponible (precio sin IVA para nuevos; valor de tablas para usados).
- Tipo impositivo aplicable según emisiones y comunidad autónoma.
- Deducciones aplicables (si las hay).
8. Documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor del titular.
- Ficha técnica del vehículo (con dato de emisiones CO₂).
- Factura de compra o contrato de compraventa.
- Para vehículos importados: certificado de conformidad europeo o ficha técnica española.
- Para vehículos usados: justificante del valor de mercado o tasación.
- Para reducciones: certificado de familia numerosa o documentación acreditativa.
9. Cómo presentar el modelo 576
- 01Accede a la Sede Electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es) con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- 02Cumplimenta el modelo 576 con los datos del vehículo y calcula la cuota.
- 03Realiza el pago en la entidad bancaria colaboradora y obtén el Número de Referencia Completo (NRC).
- 04Presenta el modelo 576 telemáticamente en la misma fecha en que realizaste el pago.
- 05Descarga el justificante con el Código Electrónico de Matriculación (CEM).
- 06Acude a la Jefatura Provincial de Tráfico con el CEM y el resto de documentación para completar la matriculación.
Presentación presencial para personas físicas no empresarios
Si eres persona física y no estás en el Censo de Empresarios, puedes presentar el modelo 576 presencialmente en una oficina de la AEAT con cita previa. Debes haber pagado previamente en el banco y tener el NRC. Esta opción no está disponible para empresas ni profesionales.
10. Vehículos nuevos: cómo se calcula la base imponible
Para vehículos nuevos, la base imponible del modelo 576 es la misma que la base imponible del IVA: el precio de venta sin IVA. Si el concesionario te ha cobrado 25.000 € (IVA incluido al 21%), la base imponible para el modelo 576 es 25.000 / 1,21 = 20.661,16 €.
11. Vehículos usados: cómo se determina el valor fiscal
Para vehículos usados, la base imponible es el valor de mercado en la fecha de devengo. La AEAT permite usar las tablas de valoración del Ministerio de Hacienda (Orden HAC/1501/2025), que son las mismas que se utilizan para el ITP y el Impuesto de Sucesiones. Si el precio de compra es inferior al valor de las tablas, Hacienda puede reclamar la diferencia. Si es superior, se usa el precio de compra.
Error habitual en AccioNext: usar el precio de compra en lugar del valor de las tablas
Muchos usuarios presentan el modelo 576 con el precio que pagaron por el vehículo, que suele ser inferior al valor que Hacienda asigna según sus tablas. El resultado es una declaración incorrecta que puede derivar en una liquidación complementaria con recargos. En AccioNext siempre verificamos el valor de las tablas antes de presentar el modelo.
12. Vehículos importados: particularidades
Los vehículos importados siguen el mismo procedimiento que cualquier otro vehículo, pero con algunas particularidades importantes. El dato de emisiones CO₂ debe corresponder a la ficha técnica española, no a la ficha técnica del país de origen. En muchos vehículos alemanes, las emisiones WLTP (medición europea actual) son superiores a las NEDC (medición anterior), lo que puede cambiar el tramo fiscal aplicable. Si el vehículo no tiene ficha técnica española, es necesario homologarlo primero.
13. Exenciones y reducciones aplicables
| Supuesto | Modelo a usar | Reducción / Exención | Requisito principal |
|---|---|---|---|
| Discapacidad ≥33% | Modelo 06 | Exención total (0%) | Uso exclusivo del titular, no vender en 4 años |
| Traslado de residencia | Modelo 06 | Exención total (0%) | 12 meses fuera de España + vehículo propio ≥6 meses |
| Taxi, alquiler, autoescuela | Modelo 06 | Exención total (0%) | Uso exclusivo en la actividad |
| Familia numerosa | Modelo 05 | Reducción 50% de la base | Certificado de familia numerosa vigente |
| Autocaravana | Modelo 576 | Base reducida al 70% | Clasificación como autocaravana en ficha técnica |
| Ceuta y Melilla | Modelo 576 | Tipo 0% | Matriculación en Ceuta o Melilla |
14. Diferencias entre el modelo 576, el modelo 05 y el modelo 06
| Modelo | Para qué sirve | Quién lo presenta | Cuándo se utiliza | Implica pago | Relación con la matriculación |
|---|---|---|---|---|---|
| Modelo 576 | Autoliquidación del IEDMT (pago del impuesto) | El titular del vehículo o su representante | Vehículos sujetos y no exentos (>120 g/km CO₂) | Sí, siempre | Obligatorio antes de la matriculación. Genera el CEM. |
| Modelo 05 | Solicitud de reducción de la base imponible | Titular con derecho a reducción (familia numerosa) | Cuando hay derecho a reducción parcial (50%) | Sí, sobre la base reducida | Previo a la matriculación. Hacienda debe reconocer la reducción. |
| Modelo 06 | Solicitud de exención o no sujeción | Titular con derecho a exención total | Discapacidad, traslado de residencia, taxis, diplomáticos | No (exención total) | Previo e indispensable. Sin él, no se puede matricular si hay exención. |
15. Errores que pueden bloquear la matriculación
Errores que vemos habitualmente en AccioNext
Estos son los errores más frecuentes que detectamos en los expedientes que llegan a nuestra gestoría y que retrasan o bloquean la matriculación: (1) Emisiones CO₂ incorrectas o ausentes en la ficha técnica — Hacienda aplica el tipo máximo si no hay dato. (2) Base imponible inferior al valor de las tablas de Hacienda — genera liquidación complementaria. (3) Presentar el modelo 06 cuando corresponde el 576, o viceversa. (4) NRC caducado — el pago y la presentación deben ser el mismo día. (5) Número de bastidor con errores tipográficos — la AEAT rechaza el modelo. (6) Documentación en idioma extranjero sin traducción jurada.
16. Ejemplo práctico completo
Supongamos que compras un coche de segunda mano importado de Alemania. El vehículo tiene 3 años de antigüedad, emite 155 g/km de CO₂ según la ficha técnica española, y el valor de las tablas de Hacienda para ese modelo y antigüedad es de 18.500 €.
- 01Base imponible: 18.500 € (valor de las tablas de Hacienda, superior al precio de compra de 16.000 €).
- 02Tramo de emisiones: 155 g/km → tramo 121-159 g/km → tipo impositivo: 4,75% (Península y Baleares).
- 03Cuota bruta: 18.500 € × 4,75% = 878,75 €.
- 04Deducciones: ninguna (no hay familia numerosa ni discapacidad).
- 05Cuota a ingresar en el modelo 576: 878,75 €.
- 06Pasos posteriores: pagar 878,75 € en banco colaborador → obtener NRC → presentar modelo 576 en AEAT → obtener CEM → acudir a DGT.
17. Qué hacer después de presentar el modelo 576
Una vez presentado el modelo 576 y obtenido el Código Electrónico de Matriculación (CEM), debes acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico con el CEM, la ficha técnica del vehículo, el contrato de compraventa o factura, el DNI o NIE, y el justificante del seguro obligatorio. La DGT asignará la matrícula y expedirá el permiso de circulación.
18. Cómo puede gestionarlo AccioNext
En AccioNext gestionamos todo el proceso de presentación del modelo 576: verificamos el valor de las tablas de Hacienda, calculamos la cuota exacta, preparamos la documentación, realizamos el pago y presentamos el modelo telemáticamente. También tramitamos el expediente completo de matriculación ante la DGT. Solicita información.
¿Prefieres que AccioNext presente el modelo 576 y gestione la matriculación?
Nos encargamos de todo: cálculo, pago, presentación ante la AEAT y trámite en Tráfico. con revisión documental ni retrasos.
19. Preguntas frecuentes sobre el modelo 576
Preguntas frecuentes
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