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Fiscal · Autónomos

Modelo 347: Declaración de Operaciones con Terceros 2026 — Quién lo Presenta y Cómo Evitar Errores
El modelo 347 es una de las declaraciones informativas que más inspecciones genera cuando hay discrepancias. En AccioNext lo gestionamos desde 45€ y te explicamos exactamente qué tienes que declarar.

26 de febrero de 2026 5 min de lectura AccioNext Gestoría
Respuesta directa

El modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceros. Deben presentarlo los autónomos y empresas que hayan realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06€ durante el año. El plazo de presentación es en febrero del año siguiente (para el ejercicio 2025, el plazo es febrero de 2026). No lo presentan: los que tributan en módulos con IVA simplificado, los que ya presentan el SII (Suministro Inmediato de Información), y las personas físicas sin actividad económica.

¿Tienes dudas sobre si debes presentar el 347? Llámanos al 950 955 953 o escríbenos por WhatsApp. Te lo aclaramos gratis.

Las discrepancias en el 347 generan requerimientos de Hacienda

Hacienda cruza los datos del modelo 347 de todos los declarantes. Si tu 347 no coincide con el de tu cliente o proveedor, recibirás un requerimiento de información. Por eso es fundamental que los importes declarados cuadren con las facturas emitidas y recibidas.

¿Quién Está Obligado a Presentar el Modelo 347?

Autónomos en estimación directa (normal o simplificada) con operaciones superiores a 3.005,06€ con un mismo tercero
Sociedades y personas jurídicas con operaciones superiores a 3.005,06€ con un mismo tercero
Comunidades de propietarios (por los suministros y servicios contratados)
Entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, herencias yacentes)

¿Quién NO Presenta el Modelo 347?

  • Autónomos en módulos con IVA simplificado (régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca incluido)
  • Empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información): presentan el 340 en su lugar
  • Personas físicas sin actividad económica
  • Operaciones realizadas al margen de la actividad económica

Los 5 Errores Más Frecuentes en el Modelo 347

  • No incluir los arrendamientos de locales de negocio: si pagas más de 3.005,06€ de alquiler a un mismo arrendador, debes incluirlo.
  • Confundir el importe con IVA y sin IVA: el 347 se declara con IVA incluido.
  • No declarar las operaciones en metálico superiores a 6.000€: existe una obligación específica de declarar cobros y pagos en efectivo superiores a 6.000€.
  • Olvidar las subvenciones y ayudas recibidas: si recibes subvenciones de la administración superiores a 3.005,06€, debes declararlas.
  • No cuadrar con el 303 (IVA): las bases imponibles del 347 deben ser coherentes con las declaradas en el modelo 303.

Preguntas frecuentes

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Lo gestionamos desde 45€. Evita discrepancias con Hacienda.

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Sobre el autor

AccioNext Gestoría Administrativa

Gestoría administrativa colegiada en El Ejido (Almería). Dirigida por Chaimae, Gestora Administrativa colegiada (gA) y Economista colegiada por el Colegio Oficial de Economistas de Almería.

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